Este nuevo derecho, descrito en el artículo 22 de la LQPD, consiste en el hecho que obtengas la limitación del tratamiento de tus datos que realiza el responsable. Hay dos posibilidades:
· Solicitar la suspensión del tratamiento de tus datos:
o Cuando impugnes la exactitud de tus datos personales, durante un plazo que permita al responsable su verificación.
o Cuando te hayas opuesto al tratamiento de tus datos personales que el responsable realiza en base al interés legítimo o misión de interés público, mientras aquel verifica si estos motivos prevalecen sobre los tuyos.
· Solicitar al responsable la conservación de tus datos:
o Cuando el tratamiento sea ilícito y te has opuesto a la supresión de tus datos y en su lugar solicitas la limitación de su uso.
o Cuando el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero tú como interesado, los necesites para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
Puedes descargar el formulario para ejercerlo aquí.
La LQPD (igual que el Reglamento General de Protección de datos de la UE, el RGPD) no otorga a los interesados un derecho general de oposición al tratamiento de sus datos personales. Más bien, este derecho se limita a las dos situaciones mencionadas arriba:
· Cuando tienes motivos particulares para oponerte a un tratamiento legitimado en base al interés legítimo o el interés público del responsable. El responsable del tratamiento, a su vez, puede rechazar tu objeción cuando demuestre motivos legítimos imperiosos para la actividad de tratamiento que prevalecen sobre tus intereses, derechos y libertades, o para el establecimiento, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
· Cuando tus datos se estén tratando con fines de marketing directo. A diferencia del punto anterior, y con independencia de la base que legitime el marketing directo, el responsable no puede rechazar la objeción basándose en motivos legítimos imperiosos.
Última actualización: 17 de mayo de 2022